El programa PADRE, que nació en el año 1989, desaparece de cara a la confección de la declaración de la renta del año 2016. Sólo nos queda ya Renta Web y, por supuesto, acudir a la cita con la Agencia Tributaria para que nos realice la declaración.
El programa PADRE significó un gran avance que acercaba un poco más Hacienda a los ciudadanos. Una potente aplicación informática que facilitaba enormemente la confección y la impresión o transmisión telemática de la declaración de la RENTA.
Para poder utilizar el programa PADRE era necesario descargarlo en un ordenador y actualizarlo cada año o cada cierto tiempo.
Otra facilidad para todos los contribuyentes fue la generación y envío de sus borradores de la RENTA y la puesta a disposición de los datos fiscales de los que disponía la AEAT.
Con el borrador, muchos contribuyentes quedaron exonerados de hacer por ellos mismos su declaración. Bastaba con firmarlo. Este sistema era válido en general para aquellos contribuyentes que no tuviesen rendimientos de actividades económicas, arrendamientos o que no hubiesen realizado operaciones que les hubiesen generado ganancias o pérdidas patrimoniales. Son muchos los que recibían el borrador y, sin más, lo firmaban y mandaban, confiándose de que todos los datos eran correctos y completos. La experiencia demuestra que muchos han dejado de beneficiarse de deducciones y bonificaciones fiscales por desconocimento o por comodidad. Y, en otros casos, a la vuelta del tiempo se han visto sorprendidos porque Hacienda les reclama determinados rendimientos no declarados.
El año pasado, la AEAT da un paso más y facilita de manera generalizada la aplicación denominada RENTA WEB. En ese ejercicio coexisten ambas aplicaciones: PADRE y Renta Web. Pero ya, para la declaración de renta de 2016, a presentar en el presente año, Renta Web se convierte en el único medio para que los contribuyente hagan la declaración. Hacienda jubila el programa PADRE (29 años de vida).
Renta Web supone un avance que hay que utilizar correctamente. Si el contribuyente tiene dudas sobre lo que está declarando y, sobretodo, si tiene que declarar ganancias o pérdidas patrimoniales, rendimientos de actividades económicas o arrendamientos (entre otros) es recomendable que se deje asesorar por un profesional. Contribuyamos, pero no más de lo que se nos exije.
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